El derecho fundamental de asociación como instrumento de cambio social : las asociaciones juveniles

Author

Reverte Martinez, Francisco Manuel

Director

Serna Meroño, Maria Encarnacion

Date of defense

2016-02-05

Pages

377 p.



Department/Institute

Universidad de Murcia. Departamento de Derecho Civil

Abstract

El objetivo de la Tesis es argumentar y ratificar dos hipótesis: que el libre derecho de asociación es una herramienta jurídica para el cambio y la innovación social, y, la segunda, que la normativa española sobre el ejercicio del derecho de asociación por los jóvenes, reconoce la más amplia capacidad de obrar a los menores de edad, configurando una figura específica de asociaciones juveniles con sus propias peculiaridades, excepcional en el marco jurídico internacional. El análisis de la doctrina jurídica realizado nos permite afirmar que, después de veinte siglos en los que el libre derecho de asociación ha sido objeto casi de forma ininterrumpida de restricciones, prohibiciones y sanciones, tras la Constitución de 1978 nos encontramos en una época en el que nuestro ordenamiento jurídico y la realidad social española coinciden en vivir un pleno y libre ejercicio del derecho de asociación. El estudio de la aplicación de este derecho (regulado por el art. 22 CE y la Ley orgánica 1/ 2002, de 22 de marzo del Derecho de Asociación), nos muestra plenamente demostrada la primera tesis, confirmando que el derecho de asociación es una herramienta jurídica poderosa para el cambio y la innovación social. Actualmente podemos encontrar manifestaciones de este derecho tan diversas como las asociaciones de militares, las de inmigrantes o las asociaciones de consumidores de cannabis. Pero hay ejemplos relevantes de la función del asociacionismo en nuestro derecho histórico, pudiendo citarse las comunidades de regantes del derecho romano, las “Hermandades de Castilla” o las “Sociedades Económicas de Amigos del País”; en el siglo XIX las “Sociedades Patrióticas” y las “Asociaciones Obreras” y en el Siglo XX, el movimiento ciudadano democrático y su papel de cambio en la transición democrática española. Al acercarnos a las asociaciones juveniles, nos encontramos ante un modelo paradigmático de la concepción del derecho de asociación como un instrumento jurídico, que fomenta y a la vez refleja los cambios sociales y políticos que se producen en nuestra sociedad, surgiendo como fruto de diferentes procesos de cambio social producidos desde mediados del siglo XX. En la Tesis concluimos una definición propia de asociaciones juveniles según el vigente derecho español: son personas jurídicas del tipo asociación sin fines de lucro, caracterizadas por la voluntariedad, independencia y horizontalidad, de régimen jurídico especial definido por la edad de sus miembros como elemento subjetivo determinante, desde los 14 hasta los 29 años. Su nota esencial diferenciadora es ser el tipo asociativo donde los menores ejercen con plenitud el derecho de asociación, incluyendo su participación en los órganos directivos con plena capacidad, que sólo deberá ser completada, a través de una representación legal nombrada en los términos previstos en sus Estatutos, en aquellos actos jurídicos aislados en que sea necesaria la total capacidad de obrar para obligarse civilmente la asociación. Como tipo jurídico específico de jóvenes y donde los menores ejercen de forma independiente y plena su derecho de asociación, en el ámbito internacional constituye una figura exclusiva del ordenamiento jurídico español, aportando el derecho autonómico peculiaridades de interés dentro del tipo, como la capacidad natural del menor o un órgano adjunto de representación, incluidos en el derecho civil catalán. Estas entidades forman parte del Movimiento Juvenil, definido como el conjunto amplio de personas jurídicas no lucrativas que actúan en el ámbito de la juventud, que incluiría además otras figuras de derecho privado, como las asociaciones de alumnos y estudiantes, las secciones juveniles de entidades de adultos y las entidades prestadoras de servicios a la juventud, así como entidades de derecho público con personalidad jurídica propia e independiente, como los consejos de juventud, de naturaleza jurídica privado – pública.


The objective of this thesis are aimed at verifying two initial premises: the idea of freedom of association as a legal tool for social change and innovation, and the statement that freedom right of association of the young in Spanish regulation provides them with the greatest ability to act, thus forming a specific legal type for youth associations with their own peculiarities and exceptional in the international legal framework. Following this research we can state that after twenty centuries in which freedom of association has almost continuously been the target of restrictions, limitations, prohibitions and sanctions, following the Spanish Constitution of 1978 we find ourselves in a time where our own legal system, and the Spanish social reality give birth to a full and free right of association, regulated by the constitutional article 22 and Organic Law 1/2002, 22 March, regulating The Right of Association (LODA). Following its analysis of application, we can affirm that the validity of this thesis is completely demonstrated and it reinforces the right of association as a powerful legal tool for social change and innovation. Even some instances can be found in our legal history: “irrigation communities” in Roman right, the “Hermandades de Castilla” or the “Sociedades Económicas de Amigos del País”; in the 19th Century the “Sociedades Patrióticas” and the “Asociaciones Obreras”; the democratic citizen's movement and its role as a factor of change in Spanish transition to democracy in the 20th Century. And in the 21st Century we can find expressions so diverse as military associations, immigrant associations or associations of cannabis consumers. If we approach the specific concept of youth associations, we find ourselves before a paradigmatic model of the right of association as a legal tool that fosters as well as reflects social and political changes taking place in our society. Being these changes a result of various process of social change that took place since the mid 20th Century. As a conclusion, our definition of youth associations in the current Spanish law is that of legal entities of the non-profit association kind, outlined by the voluntarism, independency and horizontality, with a especial legal regime defined by the age of its members, as key subjective element, from 14 until 29 years old. Its distinguishing feature resides in being the associative type where minors have total right of association, including their participation in the executive body, with full ability, which will only be completed in the isolated legal acts needed for the civil obligation of the association, through legal representation with the ability to act, named in the terms provided in its Statutes. As legal type of private right specific for young and where minors have independent and total right of association, on an international level this constitutes an exclusive concept of Spanish law, giving regional law interesting peculiarities within the type, like the minor´s natural capacity, or an associative assistant body with the ability of representation, included in Civil Catalan Law. These youth associations are part of the Youth Movement defined as the broad group of non-profit legal entities that work at the youth level, that also includes other legal entities of private right such as students associations, youth sections of adult entities or other social collectives or non-governmental organisations, and entities providing service to the young, as well as entities governed by public law with own legal status and full capacity, such as the Youth Councils, with a public-private legal nature.

Keywords

Juventud-Asociaciones; Asociaciones-Derecho; Cambio (Sociología); Movimientos juveniles

Subjects

06 - Organizations of a general nature; 316 - Sociology; 347 - Civil law

Knowledge Area

Ciencias Sociales y Jurídicas

Documents

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2.711Mb

 

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